Circular n.º 1.010. 17.03.2020. DPZ: suspensión de plazos por el estado de alarma

RED ARAGONESA DE DESARROLLO RURAL
CIRCULAR N.º 1.010
Martes, 17 de marzo de 2020

DPZ: SUSPENSIÓN DE PLAZOS POR EL ESTADO DE ALARMA

A petición de un Grupo se reproduce abajo el texto enviado por Whatsapp a las gerencias sobre el cómputo de plazos en DPZ:

El BOPZ de hoy, 17.03.2020, publica la convocatoria del Plan de Promoción y Desarrollo del Medio Rural en la Provincia de Zaragoza para el ejercicio 2020.

Las normas están en este enlace.

En el servicio de DPZ que tramita el Plan de Promoción y Desarrollo se interpreta que en principio (expresión literal en la conversación telefónica de esta mañana) se aplica la suspensión de plazos al plazo del 31.03.2020; estiman que se podría presentar la justificación de 2019 sin problemas antes de ese plazo; y en el momento de la conversación de esta mañana aún no saben si se tomará alguna decisión sobre servicios mínimos que pudiera afectar a la apertura del Registro físico (y por tanto si estará disponible el superescaner de la casa). 

A petición de otro Grupo, respecto al cómputo de plazos en general, en relación con otras ayudas de DPZ, os informo de que la web de DPZ ha cambiado su web y hoy publica su interpretación del RD que declara el estado de alarma: https://dpz.sedelectronica.es/info.0: en esta web parece clara la interpretación de DPZ sobre el cómputo de plazos.

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