Aunque la metodología Leader viene definida desde su planteamiento en la Iniciativa Comunitaria Leader I con unas determinadas características propias que son la base de su éxito, la definición del enfoque Leader figura en el artículo 61 del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Esta definición, por tanto, es la que rige la aplicación de Leader a los programas de desarrollo rural:
El enfoque Leader constará como mínimo de los elementos siguientes:
a) estrategias de desarrollo local por zonas, diseñadas para territorios rurales subregionales claramente delimitados;
b) partenariados locales entre los sectores público y privado (en lo sucesivo, «grupos de acción local»);
c) un enfoque ascendente que otorgue a los grupos de acción local un poder decisorio sobre la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local;
d) concepción y aplicación multisectorial de la estrategia, basada en la interacción entre los agentes y proyectos de los distintos sectores de la economía local;
e) la aplicación de enfoques innovadores;
f) la ejecución de proyectos de cooperación;
g) la creación de redes de partenariados locales.
En Leader I la literatura comunitaria caracterizaba la metodología Leader por los siguientes principios:
1. El Enfoque Territorial, que consiste en definir la política de desarrollo sobre la base de los recursos endógenos existentes en un territorio o comarca definidos a fin de responder mejor a las necesidades locales.
2. El Enfoque Ascendente, que obliga a aplicar un proceso de toma de decisiones que parte de abajo hacia arriba, a partir de los agentes locales, sujeto al principio de democracia participativa.
3. El Grupo de Desarrollo Rural emerge como organización marco de la cooperación horizontal en la que se agrupan los agentes sectoriales y las instituciones locales y comarcales representativas y que reflexiona sobre la potencialidad del territorio y define la estrategia propia de desarrollo.
4. La Innovación, es decir, el carácter innovador de las acciones promovidas por los beneficiarios finales, de manera que aporten un valor añadido respecto a otras intervenciones en la comarca. Se trata de buscar nuevas soluciones a problemas, y soluciones que deben poder ser transferidas hacia otras zonas.
5. El Enfoque integral y multisectorial, que supone conocer y organizar las potencialidades de los diferentes sectores de la economía, la sociedad, y los recursos locales en el marco del proyecto de desarrollo territorial.
6. La Descentralización financiera. El Grupo de Desarrollo Rural tiene un cierto grado de autonomía para decidir sobre la aplicación de su programa de desarrollo y, por tanto, los sectores prioritarios, las intervenciones que serán objeto de ayuda y los promotores de proyectos que serán los beneficiarios finales de una subvención.
7. La Organización en Red y la Cooperación Transnacional. La aplicación de este principo persigue ganar el valor añadido que se obtiene después tanto de conocer de qué manera otros grupos aplican sus respectivos programas como de asociarse con ellos para realizar proyectos comunes que dan a éstos una proyección y trascendencia que supera el propio marco territorial.