Después de la presentación de la EDLL en octubre y antes de la publicación de la convocatoria, un Grupo quiere añadir a sus criterios una condición de elegibilidad de los alojamientos singulares (una cuestión legislada recientemente y que no se incluyó en su EDLL):
- Si el Grupo tiene delegado en su Presidencia este tipo de decisiones que modifican la EDLL mediante una decisión de Asamblea, delegación supeditada o no a la decisión aprobatoria o informativa posterior por Junta o Asamblea, suponemos que el Grupo podría incluirlo ahora y enviaros la EDLL con este añadido siempre antes de la firma del convenio, ¿correcto?
R. de DGA de 25.10.2023: Sí.
2. ¿El Grupo podría añadir criterios de este tipo o cambiarlos si esa competencia delegación no existiera y hacerlo mediante una decisión o decreto de Presidencia supeditada a aprobación posterior de Junta y Asamblea?
R. de DGA de 25.10.2023: Sí, antes de la firma del convenio.