ORDEN ICD/386/2023, de 21 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2023 ayudas para el sector artesano.
Plazo de solicitud: 31.08.2023
Notas: Crédito 2023: 174.192,57 euros.
Cuantía máxima del 80% de los gastos subvencionables
Ayuda de minimis
Referencias de la publicación:
– Orden ICD/386/2023. Boletín Oficial de Aragón número 67 de 10 de abril de 2023. (Convocatoria)
– Orden ICD/386/2023. Boletín Oficial de Aragón número 67 de 10 de abril de 2023. (Extracto)
– Orden EIE/815/2016. Boletín Oficial de Aragón número 152 de 8 de agosto de 2016. (Bases reguladoras)
https://www.aragon.es/-/ayudas-artesania-plan-estrategico-de-subvenciones-2020-2023#anchor2
Actuaciones subvencionables:
1.1. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
a) instalación, reforma, ampliación o mejora del taller de producción, del almacén o local comercial.
b) Adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento para taller de producción, del almacén o local comercial.
1.2. Participación, como expositor en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas.
1.3. Incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana.
ORDEN ICD/ /2023, a fecha de firma electrónica, por la que se convocan para el ejercicio 2023 ayudas para el sector artesano.