ORDEN EPE/261/2023, de 3 de marzo, por la que se aprueba el «Programa Emple-AR» y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para el fomento de la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo.
- Finalidad: Fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de inserción en el mercado de trabajo para mejorar su experiencia laboral y la adquisición de competencias profesionales mediante su participación en proyectos de interés general y social.
- Entidades beneficiarias:
- a) Las entidades locales aragonesas y sus organismos públicos vinculados y depen[1]dientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional.
- b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas depen[1]dientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- c) Las Universidades aragonesas.
- d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
- Personas destinatarias:
– mayores de 30 años,
– desempleadas no ocupadas e
– inscritas como demandantes de empleo y
– de alguno de los colectivos:
– personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años, inscritas al menos 360 días durante los 18 meses anteriores a la fecha de su contratación.
– mujeres desempleadas mayores de 30 años desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
– personas desempleadas mayores de 45 años desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
– personas desempleadas mayores de 55 años desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida al menos durante los 90 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación. - Duración mínima de seis meses.
- Ayudas a la contratación vinculadas a costes directos de personal conforme a unos módulos.