ORDEN AGM/303/2023, de 16 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Artículo 4. Actividades subvencionables.
- 1. Podrán ser objeto de ayudas los siguientes tipos de intervención:
- a) Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, incluso mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/as y organizaciones de apicultores/as.
- b) Inversiones en activos materiales e inmateriales así como acciones destinadas a:
- 1.º Luchar contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular la varroosis.
- 2.º Prevenir los daños ocasionados por fenómenos climáticos adversos y fomentar el desarrollo y la utilización de prácticas de gestión adaptadas a unas condiciones climáticas cambiantes.
- 3.º Repoblar las colmenas en la Unión Europea, incluso mediante la cría de abejas.
- 4.º Racionalizar la trashumancia.
- 5.º Inversiones en activos materiales e inmateriales.
- c) Acciones destinadas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, para evitar la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas.
- d) Acciones para preservar o aumentar el número de colmenas existentes en la Unión Europea, incluida la cría de abejas.
- e) Promoción, comunicación y comercialización, incluidas acciones y actividades de vigilancia del mercado destinadas, en particular, a concienciar a los consumidores sobre la calidad de los productos apícolas.
- f) Acciones para aumentar la calidad de los productos.